Conozca las condiciones, beneficios y requisitos necesarios para acceder a los diferentes subsidios provinciales y/o beneficios que se encuentran vigentes en la actualidad.

Para quienes no hayan realizado aún el trámite, éstos son LOS REQUISITOS que debe presentar en la Distribuidora:

Personas con DISCAPACIDAD:

  • Copia del DNI del titular del suministro (frente y dorso)
  • Copia del DNI del titular del beneficio (frente y dorso)
  • Copia del Certificado Único de Discapacidad emitido por Ministerio de Salud.

Se verificará que el Domicilio que figura en el DNI del Beneficiario del Subsidio coincida exactamente con el Domicilio del Suministro Eléctrico. Este Subsidio se aplica al consumo hasta 150 kWh/mes, el excedente se abonará en función a la tarifa que tenga cada usuario por el nivel de segmentación RASE.

JUBILADOS y/o PENSIONADOS:

  • Copia del DNI del titular del suministro (frente y dorso)
  • Copia del último recibo de haberes, el cual no deberá superar el límite que establece el EPRE.

Se verificará que el beneficiario no tenga más de un suministro eléctrico a su nombre y sólo se aplicará en aquellas facturas con un consumo de hasta 150 kWh/mes.

EXCOMBATIENTES:

  • Copia del DNI del titular del suministro (frente y dorso)
  • Copia del carnet o constancia que acredite su condición de excombatiente.

Para conocer otros subsidios, haga clic acá ( acá debe direccionar al a pagina oficial del EPRE subsidios https://eprern.gov.ar/subsidios.html )

LEY PROVINCIAL Nº 4395

¿QUÉ PROTEGE ESTA LEY?

La suspensión del corte de suministro de energía eléctrica o gas natural en la vivienda única familiar de personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica o desempleo, en la provincia de Río Negro, debidamente acreditada.

¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER?

  • 🧓 Jubilados que perciben el haber mínimo
  • 👩‍🦰 Madres solteras jefas de hogar
  • 🧑‍🦽 Personas con incapacidad laboral permanente superior al 50%
  • 👵 Jubilados con personas con discapacidad a cargo

📌 IMPORTANTE: El acceso al beneficio no exime de la obligación de acreditar fehacientemente la situación de vulnerabilidad, ni de firmar un plan de pagos con la empresa Distribuidora.

La vigencia de la ley es hasta el 31/12/2025.

Para más información Descargar acá el texto completo de la Ley y sus modificaciones.
Ley Provincial J Nº 4395
Ley 5758 Porroga Ley Nº 4395